Consiste en que el operador político del partido deberá trabajar a los
funcionarios de casilla “en coordinación con los capacitadores, auxiliares
electorales y los funcionarios en cada distrito electoral” o solo. Ya que se
conozcan las listas de los funcionarios en cada casilla, se llevarán a cabo las
siguientes acciones:
Identificar al presidente, secretario y a los dos escrutadores de cada
casilla, a fin de entrevistarse con ellos para seducirlos, persuadirlos,
amenazarlos o sustituirlos por algún funcionario suplente o por algún ciudadano en fila de electores según
cada caso.
En este caso, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales da la posibilidad en el Artículo
274, Inciso f, de que, en
caso de no presentarse el o los funcionarios propietarios o suplentes de
casilla se le puede sustituir con alguno de los electores que estén en la fila
para poder iniciar el proceso de votación.
La ausencia de los funcionarios de casilla propietarios y suplentes da
pie a que el partido que los “intimido” coloque a su personal desde temprano,
para que al abrir la casilla, estas personas puedan ser elegibles para ocupar
el puesto o los puestos vacantes y que estos puedan operar algunas técnicas de
Fraude Electoral como: “Embarazar Urnas”, “Ratón Loco”, “Carrusel”, “Dejar
votar sin credencial o con credencial de otra persona”, “Tortuguismo
Electoral”, “Expulsión de Representantes de Partido Político” ,” No usar el
liquido indeleble” entre otras.
En este punto, existen varias indicaciones para evitar que sea
impugnado el proceso de votación en la casilla de que se trate:
“a. Recabar firmas en todas las actas de cada funcionario de casilla o
del sustituto, sobre todo el acta final que contiene el escrutinio y cómputo de
la votación.
“b. Estar desde las 7:00 en las casillas seleccionadas para que se
proceda a su instalación a las 8:00 horas en punto.
“c. Iniciar la emisión del voto duro apoyado por algunas técnicas de
fraude electoral con base a la lista que tendrá el representante del partido”.
EFECTO
1.- Controlar la casilla electoral
2.- Manipular el resultado electoral
ANTÍDOTO
1.- Que estén presentes los representantes de los partidos políticos
desde las 7:30 horas y hacer que se
respete lo que marca el Articulo 274 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
.
2.- Que los representantes del partido tengan los nombres de los
funcionarios de casilla que se publicaron y que la cotejen contra los
funcionarios presentes para ver si no hay alguna irregularidad de inicio y si
la hay reportarla.
3.-Pedir al Representante General o algún ciudadano conocido investigue
porque el o los funcionarios de casilla no se han presentado. Ellos deben vivir
dentro de la sección de que se trate.
4.- Levantar escrito de protesta por la ausencia de los funcionarios de
casilla

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